Actuaciones subvencionables para la creación de nuevas empresa no agrícolas.
1. Las inversiones y gastos subvencionables que, visto el plan empresarial, resulten necesarios para la creación de la empresa. Son gastos subvencionables:
Gastos de constitución y establecimiento de una sociedad (permisos, licencias, notaría, registro)
La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, siendo únicamente subvencionables los terrenos hasta un 10 % como máximo de los costes totales subvencionables de la operación.
La compra de maquinaria nueva o equipamiento, incluyendo programas y aplicaciones informáticos, y diseño y programación de webs.
Los costes generales relacionados con los puntos anteriores, como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, estudios de viabilidad, estudios de eficiencia energética, derechos de patentes, con los límites establecidos en el artículo 7.4 de esta orden.
La compra y adaptación de vehículos (destinadas a personas con diversidad funcional) para el transporte de mercancías ligadas a la actividad productiva de la empresa.
2. No son gastos subvencionables los contemplados en el artículo 7.5 de esta orden.